Sociedad

EL GOBIERNO RETRASA LA IMPLANTACIÓN DE VERIFACTU.

Candelaria, a 04 de diciembre de 2025.- En un movimiento destinado a brindar mayor certidumbre y tiempo al tejido empresarial español, el Gobierno ha aprobado un nuevo aplazamiento para la implantación obligatoria del sistema de facturación verificable, comúnmente conocido como Verifactu. La medida, confirmada por el Real Decreto-ley 15/2025 de 2 de diciembre, publicado en el BOE el día 3, supone el segundo retraso de una norma que busca ser una herramienta clave en la lucha contra el fraude fiscal.

Desde Asesoría Jurídica Castellano, con oficina en Candelaria y atención telefónica en el 922 104 640, nos comentan las implicaciones de este cambio, crucial para empresas, autónomos y profesionales de nuestro país.

Una nueva hoja de ruta con dos fechas clave:
La prórroga se establece mediante la disposición final primera del RDL 15/2025, que modifica los plazos iniciales del Real Decreto 1007/2023. El nuevo calendario establece un enfoque escalonado:

  • 1 de enero de 2027: Fecha límite para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: Fecha límite para el resto de obligados tributarios, incluyendo autónomos en IRPF, no residentes con establecimiento permanente y entidades en atribución de rentas.

Este calendario otorga a las empresas un margen adicional de entre 12 y 18 meses respecto a la ampliación anterior (Real Decreto 254/2025), que había fijado los plazos para 2026.

Motivos del aplazamiento: Orden antes que prisa
El BOE justifica la nueva prórroga alegando la “subsistencia de circunstancias” que complican el desarrollo técnico y normativo del sistema. El objetivo prioritario, según el Gobierno, es garantizar una “implantación ordenada y homogénea” en todo el territorio nacional.

La adaptación es de gran calado, ya que el Reglamento Verifactu exige que todas las facturas estén registradas, firmadas digitalmente, y cuenten con un código QR y un identificador alfanumérico único, medidas destinadas a erradicar el uso del denominado “software de doble uso” y dotar de una trazabilidad completa a las operaciones comerciales.

Una carrera contra el reloj para los proveedores de software
Aunque los usuarios finales ganan tiempo, el decreto mantiene la presión sobre los productores y comercializadores de software. Estos deberán tener sus soluciones plenamente adaptadas y disponibles en un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial HAC/1177/2024, cuyo hito clave es el 29 de julio de 2025. Ese mismo día, la Agencia Tributaria deberá tener operativo el servicio para la recepción de los registros de facturación.

Conclusión y recomendación desde Asesoría Jurídica Castellano
Este segundo aplazamiento, que entró en vigor el 4 de diciembre de 2025, no debe interpretarse como una anulación del proyecto, sino como una medida de urgencia para priorizar una transición tecnológica correcta. Incluido en una norma más amplia que también adopta medidas para favorecer la inversión pública, el RDL 15/2025 busca evitar disfunciones en un cambio estructural de la facturación en España.

“Desde nuestra asesoría en Candelaria, recomendamos a todos nuestros clientes y al conjunto de empresas y autónomos que no bajen la guardia”, advierten desde Asesoría Jurídica Castellano. “Este plazo extra es una oportunidad de oro para planificar con calma, presupuestar la inversión necesaria, evaluar a los proveedores de software y realizar pruebas piloto. Esperar al último trimestre de 2026 para empezar a moverse sería un error estratégico. La adaptación, aunque compleja, es inevitable y fundamental para la modernización y transparencia de las operaciones comerciales”.

Para más información o asesoramiento personalizado sobre el impacto del Verifactu en su negocio, puede contactar con Asesoría Jurídica Castellano en Candelaria en el teléfono 922 104 640.

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